Inicio - Info Banca P. Nacional - El Senador Carlos Moreira Votó En Contra De La Nueva Ley De Patentes
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Carlos MoreiraPalabras en la sesión de la Cámara de Senadores

SEÑOR MOREIRA (Carlos).- Señor Presidente: si antes tenía la absoluta convicción y la firme voluntad de no votar el proyecto de ley, ello se ha visto fortalecido por el hecho de que los argumentos esgrimidos no me convencen para nada.

El señor Senador Gallinal aludió al trámite que esta iniciativa tuvo en la Comisión de Constitución y Legislación del Senado; si hubiéramos sabido que íbamos a terminar no modificando absolutamente nada, podríamos haberla votado a los tres días de su llegada a la Comisión.

Luego de haber conversado sobre eventuales modificaciones y mejoras al proyecto de ley, arribamos a un artículo que iba a formar parte de un proyecto independiente pero finalmente se integró a este, que es artículo 11. Esta norma, en vez de perseguir el sano propósito de terminar con la guerra de las patentes, la refuerza.

No tengo dudas de que este instrumento, que persigue el fin muy loable –que compartimos– de que no se moleste más a los contribuyentes a lo largo y ancho del país, ni se les pidan recibos de UTE o Antel para probar dónde viven y pagan los impuestos, así como certificados notariales o el eventual sometimiento a la Justicia Penal, se va a reforzar, porque aquí se establece que a partir del 31 de diciembre de 2013 se va a aplicar con todo su rigor la absolutamente injusta e inconstitucional Ley Nº 18.456, con todas las posibilidades coercitivas, sancionatorias y de molestia a los contribuyentes que prevé esa ley, que yo no voté. Quiere decir que “la montaña parió un ratón”; durante 25 días estuvimos hablando inútilmente en la Comisión de Constitución y Legislación y, al final, nada. Se llegó a decir que este proyecto de ley sería mejorado en el Senado; sin embargo, no va a ser así. Creo que con este artículo no solo no se mejoró nada sino que, por el contrario, la situación empeoró. El propósito se va a esterilizar y ¡vamos a ver qué es lo que pasa!

El señor Senador Michelini también me hizo reflexionar sobre la denominación del proyecto de ley. Aquí no estamos ante un sistema de cobro; esto no es Abitab o Red Pagos, sino un nuevo sistema de determinación y fijación de un tributo que es competencia indelegable de los dos integrantes de los Gobiernos Departamentales: el Intendente y la Junta. Esa atribución se encuentra regulada en los artículos 273, 275 y 297 de la Constitución de la República.

En cuanto a la autorización genérica a la que se hace referencia, en una sesión de la Comisión de Constitución y Legislación, el Prosecretario de la Presidencia, Doctor Diego Cánepa, dio cuenta de que en diecisiete Comunas del país, los Intendentes, a través del voto de la Junta, delegaron al Congreso de Intendentes la potestad de fijar el valor de la patente y sus actualizaciones.

Sin embargo, esto no fue así, pues ello refería al Acuerdo de Paso Severino de 1995, que no tiene nada que ver con este sistema que cambia radicalmente la forma de fijar el tributo y crea una Comisión de seguimiento –integrada por cinco Intendentes y dos representantes del Poder Ejecutivo– que se encargará de proponer aforos y alícuotas al Congreso de Intendentes, que es un órgano de coordinación que no tiene potestad vinculante ni facultades para fijar tributos.

Esto, a juicio de todos los especialistas en Derecho Público que tuve ocasión de escuchar tanto en la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración de la Cámara de Representantes como en la Comisión de Constitución y Legislación del Senado de la República, es grosero y manifiestamente inconstitucional. Así lo sostienen prácticamente todos; lo afirman los Doctores Luzardo, Risso Ferrand, Esteva, Durán Martínez y Delpiazzo; creo que el único que no lo dice es el Doctor Pérez Pérez. Todos entienden que estas potestades son indelegables y el Congreso de Intendentes no las puede tener a propuesta de una Comisión que se inventa en este proyecto de ley.

Pienso que inexorablemente va a ocurrir lo que expresó el Doctor Delpiazzo y fue mencionado por el señor Senador Chiruchi en cuanto a que esto, además de ser grosera y manifiestamente inconstitucional, es absolutamente inútil. Seguramente algún Gobierno o Junta Departamental, actuales o del próximo período, arrogándose las facultades que la Constitución de la República les otorga, no va a cumplir esto y se va a armar un lío bárbaro.

Desde ya anuncio que me mueve un interés personal y legítimo, porque tengo un auto empadronado en Colonia y seré el primero en presentar una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia. Seguramente, lo harán dos, doscientas, dos mil o doscientas mil personas, porque he visto Abogados que ofrecen su servicio profesional, diciendo:

“Vengan que les hago el escrito para presentar ante la Suprema Corte de Justicia”. Serán tantas las personas que lo solicitarán, que seguramente podrán cobrar barato, ya que la producción de escritos se hará al por mayor. Con ello se logrará desacreditar absolutamente un régimen que en la tarde de hoy aprobará el Senado, cuya legitimidad será cuestionada de inmediato por los ciudadanos y, sin dudas, por algún Gobierno Departamental debido a lesiones de autonomía que también corresponden por aplicación de otro artículo de la Constitución.

¿Qué futuro le espera a este proyecto de ley, teniendo en cuenta que implica un nuevo sistema de determinación y no de percepción material del tributo? Acá se dijo que quien se sienta perjudicado por el monto de la patente, podrá recurrir ante la Suprema Corte de Justicia.

Ahora bien; por vía administrativa, ¿ante quién se debe recurrir? Hace unos días, en el seno de la Comisión de Constitución y Legislación el señor Senador Pasquet discutió sobre el tema con el Prosecretario de la Presidencia, Doctor Diego Cánepa, quien afirmó que los profesores y autoridades que concurrieron a asesorarnos no sabían nada porque eran antiguos, tenían un concepto arcaico y se oponían al progreso. Esos comentarios llamaron poderosamente la atención porque están alejados y fuera de la realidad.

En la Comisión se dijo que este sistema sería aplicado a los autos empadronados luego del 1º de enero de 2012, pero entendemos que tampoco es así, porque será para aquellos que lo hagan desde el 1º de enero de 2008. Es decir que la ley seguirá absolutamente vigente; lo único que mejora el proyecto de ley es la fiscalización para los que ingresen en el sistema, porque se verá demorada.

Es decir: ¡Nada, no mejora absolutamente nada! Por lo tanto, esto está condenado al fracaso por las manifiestas inconstitucionalidades en que incurre al establecer un régimen sancionatorio que carece de razonabilidad y de objetividad y por el cual se penaliza, no por indicadores de gestión o de resultados, sino por adherir o no, o por cumplir o no con lo que dispone. Se trata de una forma sancionatoria de los recursos y de la transferencia de lo dispuesto por el artículo 214 de la Constitución, que tampoco nos gusta porque no nos parece bien que en un proyecto de ley se establezca una sanción de estas características. Además, la constitucionalidad de esa sanción también ha sido cuestionada por muchos especialistas y, sin duda, será objeto de algunos recursos. Por lo tanto, no auguro feliz término a este proyecto de ley, sobre todo porque no conocemos –como muy bien dijo el señor Senador Gallinal– el contenido económico.

Hoy, a las dieciséis horas, nos acercaron un material que consta de un cuadro con un sistema de franjas que considero absolutamente injusto, porque no se puede decir que un auto modelo 2000 tiene que pagar lo mismo que uno de 2003. Es decir que no importa si un automóvil tiene un equipamiento que lo hace más valioso, porque tendrá que pagar lo mismo. ¿No hay diferencia de valores cuando un auto se ha deteriorado en cuatro años? ¿El equipamiento no tiene importancia? ¿Tampoco interesa si el motor es a nafta o diésel? Se habla de ajustes cuatrienales al barrer.

Ahora bien; se calcula quiénes pagarán más y quiénes menos, así como las diferencias, las cantidades y los porcentajes. Entonces, me pregunto si conocían los aforos a la hora de confeccionar la tabla. ¿Cómo la hicieron? ¿Cómo obtuvieron esos porcentajes tan nítidos? ¿Cuántos pagarán más y cuántos menos? ¿Será que simplemente no quisieron que en la Comisión manejáramos esos valores de aforos para que no pudiéramos decir que votaríamos o no el proyecto de ley en función de su contenido económico? Se habla del impuesto a los vehículos del transporte, de la patente de rodados, pero ¿a qué vehículos se refiere? ¿A todos? ¿Esta franja se aplica a los ómnibus? No se dijo nada; presumíamos que se refería a autos y camionetas. Entonces, con respecto a los vehículos de transporte colectivo a los que se da un tratamiento diferencial en materia de patentes, ¿qué garantías tenemos de que mañana no los graven de manera desmedida? ¿Y a los taxímetros? En este proyecto no se los menciona. ¿Y los camiones? También tienen bonificaciones.

Hace unos días, la Comisión de Constitución y Legislación recibió a los propietarios de la Asociación de Arrendadores de Autos sin Chofer y ellos nos plantearon su preocupación por el impacto tributario de este proyecto de ley, ya que no fueron atendidos por el Congreso de Intendentes, la OPP ni el Ministerio de Economía y Finanzas, y nadie les dijo cuál sería el régimen que se aplicaría. Entonces, nos asiste una duda razonable sobre qué va a pasar con esa categoría de vehículos que tienen una afectación y un destino especial, porque en el proyecto de ley no se dice nada, sino que se dispone al barrer, por cuatrienios, y se establecen tres gamas sin aclarar cuál es el valor ni dónde empieza y termina cada categoría. En el informe se establece: “Modelos mediana en primer tercio (percentil 20)” –no se entiende mucho–; “Modelos mediana en segundo tercio (percentil 40)” y “Modelo mediana en tercer tercio (percentil 70)”. Estos últimos suben muchísimo, pero ¿dónde empieza este percentil? ¿Cómo se compone? ¿Cómo se llega a él? ¿Cuántos son?

En las versiones taquigráficas de la Comisión correspondiente y del Plenario de la Cámara de Representantes consta quienes dicen “Son los de más de US$ 40.000”, así como otros que afirman “Son los de más de US$ 27.000” y algunos que manifiestan que “Son los de más de US$ 22.000”. ¿Cómo están calculadas esas tasaciones? ¿Por qué en el día de hoy no disponemos de los aforos para no tener que firmar un cheque en blanco? No puedo votar cheques en blanco, sobre todo proyectos de ley que tienen objeciones de inconstitucionalidad y falta de precisión.

SEÑOR MOREIRA (Carlos).- Con mucho gusto.

SEÑOR MOREIRA (Carlos).- Señor Presidente: si bien hoy tuve que retirarme de la Comisión de Constitución y Legislación para asistir a la Comisión Preinvestigadora, en la mañana nos entregaron un papelito en el que se decía que no era un texto sustitutivo, sino un proyecto de ley independiente con una exposición de motivos de tres líneas. Sin embargo, hace unos veinticinco minutos se nos repartió otra redacción del artículo 11 que fijaba que el plazo establecido en el inciso anterior –que hace referencia al año 2008– se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2013. ¿En qué estamos? ¿Nos van a entregar otro repartido ahora? Nos dijeron que nos enviarían los aforos y las alícuotas, pero no nos entregaron nada. Lo que nos acercaron fue este cuadrito que no entiendo porque no dice nada, pero que hace presuponer que los aforos y las alícuotas ya los tienen porque los necesitan para calcular estos porcentajes. Entonces, ¿en qué estamos?

Puedo vaticinar que a esta iniciativa le pasará lo mismo que al pésimo proyecto de ley de reforma del proceso laboral, porque con su entrada en vigencia se multiplicaron por miles los recursos de inconstitucionalidad y entonces los juicios laborales se enlentecieron en lugar de agilizarse. En este caso, en vez de acabar con la llamada “guerra de las patentes”, lamentablemente se verán fomentadas.

Reitero mi coincidencia con el objetivo perseguido porque el propósito me parece muy bueno –considero absurdo que los inspectores paren a alguien en la calle para pedirle el recibo de UTE–, pero muy malo el instrumento porque sanciona violando groseramente la Constitución. Lo dijeron prácticamente todos los constitucionalistas que concurrieron a la Comisión. ¡Todavía pretenden que lo votemos con una venda sobre los ojos! Es más, parece que ahora lo van a cambiar otra vez. Primero era un proyecto de ley, después un artículo que figuraba en el repartido que se nos entregó, y ahora se habla de otro; si seguimos discutiendo, quizás dentro de un rato se presente uno más que, de pronto, derogue la ley que regula el régimen de empadronamiento de vehículos automotores. ¡Ojalá que la discusión contribuya a que esto mejore!

No podemos votar leyes de esta manera, que luego se tornen inaplicables por una serie de factores. No se puede legislar así; discrepo frontalmente con la forma en que se procesó todo eso porque, como bien dijo el Senador Gallinal, este no era un tema para ser objeto de un proyecto de ley de urgencia. Si hubieran tenido la previsión de enviar antes un buen proyecto de ley, hubiéramos acudido a votarlo prestamente. Se dijo que la intención de los Intendentes del Partido Nacional era la mejor y de eso no tengo ninguna duda porque, ¡qué más podemos hacer los blancos que apoyar a nuestros Intendentes! Queremos apoyarlos, que los ayuden con el alumbrado público y que tengan dinero para hacer obras, pero también debemos defender a los contribuyentes. A esos efectos, lo menos que debemos exigir es que nos digan cuál es el monto de los impuestos a aplicar, porque no podemos defender sus derechos en la absoluta ignorancia.

Me niego a que este proyecto de ley se trate y se sancione en estas condiciones. Siento que todos los Intendentes, no solo los del Partido Nacional –ocupé ese cargo durante diez años, por lo que esa investidura me es muy cara–, hacen cosas muy importantes por los pobladores de la República, pero debemos defender el marco constitucional porque la Carta no se respeta más o menos; se respeta o se viola, no cabe un leve apartamiento. Nos estamos acostumbrando a caminar siempre por un hilo muy delgado donde el Estado de Derecho está en entredicho. En definitiva, se pone en tela de juicio el Estado de Derecho cuando se dice: ¡Vayan a la Suprema Corte de Justicia porque se presume que esto es constitucional! Yo no creo que esto se presuma constitucional, sino inconstitucional por todo lo que he leído acá. No se presume inocente, sino culpable.

(Ocupa la Presidencia el señor José Amorín)

–Dada esa alternativa, el enorme riesgo y la posibilidad de que esto termine convirtiéndose en una gran frustración –creo que será así–, de ninguna manera puedo acompañar con mi voto este proyecto de ley, aunque respeto a quienes piensen diferente.

Nada más. Muchas gracias.

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