Inicio - General - En Las Elecciones Municipales De Mayo
Conectarse



Política - General

Votacionespor Javier Tairovich

De no haber cambios, se elegirán 90 alcaldes en todo el país.

Con el acto eleccionario de mayo próximo se crearan la mitad de las alcaldías previstas originalmente, tras una modificación en la cámara de Senadores. Ahora los encargados de votar estas reformas, son los diputados quienes -se presume- no harán mayores modificaciones al proyecto.

Por otra parte, el resto de las alcaldías se constituirá recién en el 2015. De este modo se eliminó el artículo 23 que determinaba que automáticamente las Juntas Locales ya integradas pasaban a ser Municipios.

Otro de los cambios introducidos en la ley 18.567, es que se habilitó el voto cruzado, dentro del mismo partido.

Luego de las elecciones municipales de mayo próximo habrá cerca de 90 cargos nuevos en Uruguay.
Ellos llevaran los nombres de alcaldes, que tendrán a su cargo la pesada mochila de la administración política de las ciudades o localidades de más de 5.00 habitantes.

Estas nuevas autoridades serán elegidas por la ciudadanía y además, cobraran sueldo, que fijara cada comuna según algunos criterios.

Los alcaldes podrán ganar un sueldo de hasta $ 80 mil, esta cifra será definida por el intendente y la junta departamental.

Por un lado se determinara un tope que será el porcentaje del sueldo del intendente, lo que determinara que el sueldo del alcalde sea igual al de un director municipal.

También tendrá incidencia la cantidad de población y los recursos que tiene la ciudad o localidad que el alcalde pasará a dirigir.

¿Que hará el alcalde?

El nuevo funcionario publico será la autoridad máxima de los nuevos municipios, el cual estará integrado por cinco concejales, el mas votado de ellos será el alcalde y presidirá los destinos del municipio durante cinco años hasta la próxima elección, que será siempre junto a la elección de intendentes y ediles.

Los concejales se diferencian del alcalde ya que estos serán honorarios.

El alcalde también presidirá las sesiones del municipio y resolverá por doble voto si hay empate.

Por otra parte, dirigirá la administración y representara al municipio y deberá proponer planes de desarrollo local.

El mencionado funcionario ordenará gastos y pagos de acuerdo al presupuesto y dispondrá de recursos humanos y materiales para seguridad e higiene.

Voto cruzado

Dentro de las modificaciones que llevó adelante el senado de la Republica, quien aprobó la posibilidad de votar cruzado dentro del mismo partido en las elecciones municipales.

Esto significa que una persona podrá votar un candidato a intendente de un sector, y al candidato a alcalde de otro sector, siempre dentro del mismo partido.

Para que esto ocurra los candidatos a intendentes y alcaldes se presentaran en la elección en listas separadas e independientes, de esta manera se puede votar solo a intendente o solo a alcalde.

La mencionada ley pasó a la cámara baja donde se especula que van a ver modificaciones, y según el vicepresidente de la República, Rodolfo Nin Novoa “los senadores tendrían que aceptar los cambios para no tener que remitir el articulado a la Asamblea General”.

Facultades del municipio

- Aplicara multas por violaciones a los decretos departamentales
- Promoverá la capacitación de sus funcionarios y tendrá potestad disciplinaria sobre ellos.
- Podrá requerir al auxilio de la fuerza pública.

Obligaciones del municipio

- Dictará resoluciones para cumplir con sus cometidos.
- Elevará proyectos de decretos y resoluciones al intendente.
- Ayudará en la realización y mantenimiento de obras publicas.
- Preservará la salud y la higiene de la localidad.
- Atenderá servicios de vialidad, transitó espacios públicos y alumbrado publico, en acuerdo con la intendencia.
- Ayudará a la cobranza de rentas departamentales.
- Formulará y ejecutará programas sociales y culturales
- Podrá adoptar medidas urgentes en caso de accidentes, incendios e inundaciones.
- Rendirá cuentas anualmente ante el gobierno departamental y ante la población del municipio en audiencia pública.

AddThis Social Bookmark Button
 

This content has been locked. You can no longer post any comment.

En Línea
Tenemos 202 invitados conectados

Estamos en Twitter

Colonia Total - Facebook