MEF antepone derecho de empresa forestal a derecho a la información
Los representantes de organizaciones sociales que hoy concurrieron a la audiencia prevista para obtener información sobre la solicitud de autorización de ENCE para la explotación de una zona franca en Colonia, fueron informados que la negativa previa del Ministerio de Economía y Finanzas para brindar tal información se debía a que la empresa privada estaba protegida por el derecho comercial. Tales argumentos priorizan los intereses de la empresa privada en desmedro del derecho de la ciudadanía a contar con información que posibilite el ejercicio democrático.
(Montevideo, 23/10/07). "La Administración no está habilitada para divulgar información relativa a proyectos de inversión de una empresa privada protegida por el derecho comercial" , esas fueron las palabras de la representante judicial del ministerio para sustentar la denegatoria al pedido de información que representantes de REDES-Amigos de la Tierra Uruguay, el Grupo Guayubira, la Casa del Pueblo Arco Iris (Tarariras, Colonia) y la Asamblea por un Uruguay Natural Multiproductivo, habían solicitado a comienzos del mes de mayo.
Ante la inexistencia de una respuesta por parte de la cartera, representantes de estas organizaciones pero a título personal presentaron una acción de amparo, el jueves 18 de octubre, que dio lugar a la audiencia realizada hoy martes 23 de octubre, a las 13:30, en el Juzgado Letrado de lo Contencioso Administrativo (San José 1132). En esa misma instancia los demandantes fueron además informados de que el MEF había elevado una denegatoria expresa a la solicitud previa, con fecha 15 de agosto, pero que la misma no se había notificado a las partes "porque se perdió el expediente".
La denegatoria de información y los argumentos esgrimidos por el ministerio emplazan un derecho humano esencial para el ejercicio democrático, como es el derecho a la información, anteponiendo el derecho a la propiedad o a la reserva de la información de la empresa. Para ello se fundan en una razón del secreto estadístico que no está prevista en norma alguna que "ampare al secreto celulósico".
"El derecho a acceder a la información que se encuentra en manos del gobierno es un corolario del principio republicano de la publicidad de sus actos. La tan preciada y reclamada transparencia como arma de lucha contra la corrupción, encuentra su raíz y reconocimiento constitucional en este principio y el libre acceso a la información es la forma de instrumentarlo. Hacer pública la información en manos del Estado no es, entonces, una concesión graciosa de aquellos que se encuentran ocasionalmente ejerciendo el poder, sino una obligación exigida por toda constitución que establezca un sistema republicano. Negar el acceso a la información implica una clara desobediencia del mandato del constituyente" [1].
El principio es la publicidad y la excepción es que haya información en poder del Estado. Aún si existiera norma que amparara el secreto de la empresa, no debería privar sobre la normativa constitucional que protege el acceso a la información, a la protección del medio ambiente, al derecho al desarrollo y los acuerdos internacionales de Derechos Humanos. Especialmente en una época y en una sociedad que "promueve" la transparencia en el acceso a la información, resulta anacrónico que el MEF niegue una información que es de interés público.
El Juez Pablo Eguren, quien entiende en la causa, fijó una nueva audiencia para escuchar los argumentos de las partes para el próximo viernes a la hora 13.00.
(Montevideo, 23/10/07). "La Administración no está habilitada para divulgar información relativa a proyectos de inversión de una empresa privada protegida por el derecho comercial" , esas fueron las palabras de la representante judicial del ministerio para sustentar la denegatoria al pedido de información que representantes de REDES-Amigos de la Tierra Uruguay, el Grupo Guayubira, la Casa del Pueblo Arco Iris (Tarariras, Colonia) y la Asamblea por un Uruguay Natural Multiproductivo, habían solicitado a comienzos del mes de mayo.
Ante la inexistencia de una respuesta por parte de la cartera, representantes de estas organizaciones pero a título personal presentaron una acción de amparo, el jueves 18 de octubre, que dio lugar a la audiencia realizada hoy martes 23 de octubre, a las 13:30, en el Juzgado Letrado de lo Contencioso Administrativo (San José 1132). En esa misma instancia los demandantes fueron además informados de que el MEF había elevado una denegatoria expresa a la solicitud previa, con fecha 15 de agosto, pero que la misma no se había notificado a las partes "porque se perdió el expediente".
La denegatoria de información y los argumentos esgrimidos por el ministerio emplazan un derecho humano esencial para el ejercicio democrático, como es el derecho a la información, anteponiendo el derecho a la propiedad o a la reserva de la información de la empresa. Para ello se fundan en una razón del secreto estadístico que no está prevista en norma alguna que "ampare al secreto celulósico".
"El derecho a acceder a la información que se encuentra en manos del gobierno es un corolario del principio republicano de la publicidad de sus actos. La tan preciada y reclamada transparencia como arma de lucha contra la corrupción, encuentra su raíz y reconocimiento constitucional en este principio y el libre acceso a la información es la forma de instrumentarlo. Hacer pública la información en manos del Estado no es, entonces, una concesión graciosa de aquellos que se encuentran ocasionalmente ejerciendo el poder, sino una obligación exigida por toda constitución que establezca un sistema republicano. Negar el acceso a la información implica una clara desobediencia del mandato del constituyente" [1].
El principio es la publicidad y la excepción es que haya información en poder del Estado. Aún si existiera norma que amparara el secreto de la empresa, no debería privar sobre la normativa constitucional que protege el acceso a la información, a la protección del medio ambiente, al derecho al desarrollo y los acuerdos internacionales de Derechos Humanos. Especialmente en una época y en una sociedad que "promueve" la transparencia en el acceso a la información, resulta anacrónico que el MEF niegue una información que es de interés público.
El Juez Pablo Eguren, quien entiende en la causa, fijó una nueva audiencia para escuchar los argumentos de las partes para el próximo viernes a la hora 13.00.
Por más información:
Oscar Díaz
Asamblea por un Uruguay
Natural Multiproductivo. Colonia
0520 4158 - 096829893
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Nahuel Borgogno
Casa Pueblo Arco Iris. Tararira Colonia
099350096 - 05743525
María Selva Ortiz
REDES-Amigos de la Tierra Uruguay
099259822 - 9082730
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Dr. Javier M. Palummo
REDES-Amigos de la Tierra Uruguay
099680657
Ricardo Carrere
Grupo Guayubira
4132989 - 4100985
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Grupo Guayubira
Maldonado 1858
Montevideo 11200 - Uruguay
tel: 413 2989 - fax: 410 0985
http://www.guayubira.org.uy
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